Términos y Condiciones (B2B)
Fecha de entrada en vigor: 9 de noviembre de 2025
Estos Términos rigen el uso B2B del sitio web de PEI Trade y nuestro suministro de bienes. Al solicitar una cotización, enviar una Orden de Compra (Purchase Order) o utilizar nuestro sitio, usted acepta estos Términos.
1) Empresa y alcance
PEI Trade es una empresa de comercio internacional que opera bajo la legislación egipcia. Exportamos productos agrícolas y bienes relacionados a mercados de todo el mundo. No vendemos a consumidores finales (B2C).
2) Ofertas, precios y documentación
- Las cotizaciones (Ofertas de precio/Facturas Proforma) son válidas durante el período indicado o, si no se especifica, por 5 días laborables y pueden variar según las condiciones del mercado y los tipos de cambio.
- Salvo que se indique lo contrario, los precios se definen según el Incoterm® 2020 elegido (por ejemplo, FOB puerto egipcio, CFR/CIF, DAP/DPU).
- Documentación estándar de exportación (según corresponda): Factura Comercial, Lista de Empaque, Certificado de Origen, Certificado Fitosanitario, Certificado de Fumigación (si se requiere) y Conocimiento de Embarque/Guía Aérea (Bill of Lading/AWB). Cualquier certificado especial debe acordarse por escrito y puede afectar al precio y/o al plazo de entrega.
3) Pedidos y formación del contrato
- Se considera que existe un contrato vinculante cuando aceptamos por escrito su Orden de Compra o cuando la Factura Proforma (PI) es firmada conjuntamente por ambas partes.
- Cualquier cambio/cancelación después de la aceptación requiere nuestra aprobación por escrito y puede generar cargos por costes ya incurridos (embalaje, reservas de transporte, inspecciones, etc.).
4) Condiciones de pago
- Formas de pago aceptadas (sujetas a aprobación previa): carta de crédito irrevocable a la vista (Irrevocable LC at sight) o transferencia bancaria (TT), por ejemplo 30/70 o 50/50.
- Los anticipos no son reembolsables una vez iniciada la producción/empaque o las reservas logísticas.
- Podemos, mediante acuerdo previo por escrito y sujeto a la legislación aplicable, aceptar pagos en activos digitales a través de proveedores aprobados; el riesgo cambiario y las comisiones correrán por cuenta del Comprador.
- Los pagos atrasados pueden generar intereses de demora y/o la suspensión de las entregas.
5) Calidad, inspección y reclamaciones
- La calidad/grado/especificaciones deben constar en la PI/en el contrato.
- Puede organizarse una inspección previa al embarque por nuestra parte y/o por un tercero reconocido (por ejemplo, SGS, Intertek, Bureau Veritas) a petición del cliente.
- Reclamaciones: consulte nuestra Claims & Quality Policy para conocer plazos y procedimientos. El Comprador debe mitigar las pérdidas y aportar pruebas (fotos, informes de inspección, peritajes, etc.).
6) Entrega, riesgo y titularidad
- El riesgo se transmite conforme a la regla Incoterms® 2020 acordada (por ejemplo, en la borda del buque en FOB; en la entrega al primer transportista en CFR/CIF).
- Los plazos de entrega son orientativos y pueden verse afectados por fuerza mayor, congestión portuaria, aduanas, condiciones meteorológicas o eventos regulatorios.
- La titularidad de la mercancía se transfiere tras el pago íntegro, salvo acuerdo en contrario.
7) Cumplimiento normativo
El Comprador es responsable de los permisos de importación, normas sanitarias/fitosanitarias y regulaciones locales en el país de destino. Nosotros cumplimos la normativa egipcia de exportación aplicable, así como las sanciones y controles de comercio internacional pertinentes.
8) Limitación de responsabilidad
En la máxima medida permitida por la ley, nuestra responsabilidad total por cualquier reclamación derivada de una transacción se limita al valor facturado de los bienes afectados. No seremos responsables de daños indirectos ni consecuenciales.
9) Fuerza mayor
Ninguna de las partes será responsable por incumplimientos o retrasos causados por eventos fuera de su control razonable (por ejemplo, desastres naturales, guerra, huelgas, cierre de puertos, embargos, acciones gubernamentales). La parte afectada deberá notificar a la otra y reanudar el cumplimiento cuando sea razonablemente posible.
10) Ley aplicable y resolución de disputas
Estos Términos se rigen por las leyes de la República Árabe de Egipto. Las disputas se someterán a los tribunales de El Cairo (Tribunal Económico) o, si así se acuerda en un contrato, a arbitraje bajo reglas reconocidas (por ejemplo, CRCICA/CCI), con sede en El Cairo y procedimiento en idioma inglés.
11) Cambios
Podemos revisar periódicamente estos Términos. La versión más reciente se publica en nuestro sitio web.